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V2589-23 27 septembre 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancia patrimonial

La valeur de cession des parts de sociétés de travailleurs peut être celle convenue si elle est justifiée comme étant la valeur de marché

La question porte sur la possibilité de considérer la valeur convenue par les associés d'une société de travailleurs comme la valeur de marché pour la cession de leurs parts. La DGT répond que le montant effectivement versé peut être utilisé, à condition de prouver qu'il correspond à celui qui aurait été convenu entre des parties indépendantes dans des conditions normales de marché.

La question posée

Cuestión planteada Si el valor acordado por los socios puede considerarse que se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, tal y como establece el artículo 37.1.b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el caso de una futura transmisión de dichas participaciones.

La position de la DGT

Para la transmisión de valores no admitidos a negociación, el valor de transmisión será el importe efectivamente satisfecho si se acredita que corresponde al de mercado mediante medios de prueba admitidos en derecho. En las sociedades laborales, los socios pueden establecer en los estatutos criterios de valoración que prevalecerán, aunque no puede afirmarse de forma abstracta que dicho valor coincida siempre con el de mercado. La comprobación de si el valor pactado es de mercado es una cuestión de hecho que valorarán los órganos de gestión e inspección.

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