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V2539-17 9. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · canje de valores

Anwendung des Sonderregimes für Fusionen und Umtausche bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe und LIS-Voraussetzungen

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob eine Umstrukturierung durch Umtausch, Fusion, Einlage oder Spaltung unter das Sonderregime des LIS fallen kann und ob die Ziele als wirtschaftlich begründet gelten. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen der Artikel 76 und 80 des LIS erfüllt sind und die Transaktion nicht primär auf Steuerbetrug oder Steuervermeidung abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de que la operaciones de canje fusión, aportación, escisión parcial y aportaciones no dinerarias puedan acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si los objetivos que se persiguen responden a un motivo económico valido a efectos de dicho régimen.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de canje de valores, la entidad debe adquirir participaciones que le permitan obtener la mayoría de derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. La aplicación del régimen exige que la operación no tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de centralizar la gestión, mejorar la imagen de grupo y facilitar el relevo generacional podrían considerarse económicamente válidos. No obstante, la Administración podrá comprobar la totalidad de las circunstancias para determinar el propósito real de la operación.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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