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V2474-19 16. September 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anforderungen für die Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen (LIS)

Anfragende untersuchen, ob die Einbringung ihrer Gesellschaftsanteile in neue Unternehmen unter das Sonderregime des LIS fallen kann und ob hierfür wirtschaftlich begründete Gründe vorliegen. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung und den Besitz erfüllt werden, und dass die geltend gemachten Gründe gültig sein können, sofern die Sachverhalte nachgewiesen werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. Además, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior a la aportación. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos. Los motivos expuestos por los consultantes podrían considerarse válidos, aunque esto depende de la comprobación de los hechos y circunstancias reales.

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