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V2473-19 16. September 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen

Eine Gesellschaft erkundigt sich, ob die Einbringung zweier Gebäude in eine Tochtergesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern eine Mindestbeteiligung von 5 % aufrechterhalten wird und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad que recibe. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de simplificación de gestión y refuerzo de imagen financiera podrían considerarse válidos, aunque su calificación final depende de los hechos y circunstancias reales.

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