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V2450-20 16. Juli 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei der Übertragung von Gesellschaftsanteilen an Holdinggesellschaften möglich

Vier Geschwister fragen an, ob die Einbringung ihrer Gesellschaftsanteile in ihre jeweiligen persönlichen Holdinggesellschaften unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Voraussetzungen hinsichtlich der Beteiligung und des Besitzes erfüllt sind und die Transaktion über den rein steuerlichen Vorteil hinaus auf wirtschaftlich begründeten Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe participar al menos un 5% de sus fondos propios tras la operación. Además, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior a la aportación. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En el IRPF, si se aplica el régimen especial, no se integra renta y las nuevas participaciones mantienen los valores y fechas de adquisición originales.

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