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V2433-23 7. September 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · exención de renta positiva

Anwendung der Steuerbefreiung auf positive Erträge bei der Veräußerung von Anteilen gemäß Art. 21 LIS möglich

Eine Gesellschaft erkundigte sich, ob die Veräußerung von 10 % ihrer Anteile an einer in Spanien ansässigen Gesellschaft unter die Befreiung von positiven Erträgen fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligungshöhe und die Haltedauer erfüllt sind und keine gesetzlichen Ausschlussgründe vorliegen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si se procede a la venta del 10% al interesado en dichas participaciones, si le sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, esto es, la exención de la renta positiva derivada de la transmisión de la participación en una entidad en la que se detenta más del 5 por ciento.

Die Entscheidung der DGT

La renta positiva por la transmisión de participaciones estará exenta si se cumple el requisito de poseer al menos un 5% de participación el día de la transmisión y haberlo mantenido ininterrumpidamente durante el año anterior. En el caso de entidades residentes en España, no es necesario cumplir el requisito de tributación en el extranjero. Además, el importe exento se reducirá en un 5% en concepto de gastos de gestión.

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