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V2366-22 16. November 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos de actividades económicas

Vergütungen eines Gesellschafter-Berufsträgers können Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit sein, sofern die gesetzlichen Voraussetzungen erfüllt sind

Ein Mehrheitsgesellschafter eines Finanzdienstleistungsunternehmens erkundigt sich, ob er seine Vergütungen als Einkünfte aus nichtselbstständiger Arbeit statt als Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit deklarieren kann. Die DGT stellt klar, dass die Einkünfte als Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit einzustufen sind, sofern die Voraussetzungen für eine selbstständige Tätigkeit und die Anmeldung im Sozialversicherungssystem für Selbstständige erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Dado que la sociedad dispone de recursos humanos y materiales suficientes para el desarrollo de su actividad, se consulta si el socio mayoritario podría pasar a declarar las retribuciones que percibe de la sociedad como rendimientos del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que los servicios prestados por un socio a su sociedad se califiquen como rendimientos de actividades económicas, deben concurrir dos requisitos: que la actividad de la entidad y la del socio estén incluidas en la Sección Segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, y que el socio esté dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o en una mutualidad alternativa. Si no se cumplen ambos, la calificación será de rendimientos del trabajo personal. El hecho de que la sociedad disponga de recursos humanos y materiales suficientes no modifica esta calificación.

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