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V2359-14 10. September 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Keine Steuerbefreiung für Auslandsaufenthalte, wenn der Arbeitgeber in Spanien ansässig ist

Eine Forscherin erkundigte sich, ob Gehälter aus einem Vertrag mit einer spanischen Universität für Auslandsaufenthalte von der Einkommensteuer (IRPF) befreit sind. Die DGT entschied, dass die Befreiung nicht greift, da die Tätigkeit nicht für eine nicht ansässige Einheit ausgeübt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a los rendimientos del trabajo derivados del contrato descrito, les resulta aplicable la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si dichos rendimientos se encuentran sujetos a retención y tipo de retención aplicable.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la exención del artículo 7.p) de la LIRPF, los trabajos deben realizarse para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente en el extranjero. En este caso, al ser el empleador una universidad española, los rendimientos están plenamente sujetos a tributación e ingresos a cuenta. El tipo de retención aplicable será el que corresponda según el reglamento.

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