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V2356-16 27. Mai 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, sofern sie aus wirtschaftlichen Gründen und nicht zur Steuerumgehung erfolgen

Die Anfragende erkundigt sich, ob eine Fusion unter das steuerliche Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, wenn die handelsrechtlichen Vorschriften sowie Artikel 76.1.a) LIS erfüllt werden, vorausgesetzt, es liegen triftige wirtschaftliche Gründe vor und es wird nicht allein eine steuerliche Begünstigung angestrebt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita se podría acoger al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.a) de la LIS. No se debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas elevadas no invalida el régimen si las entidades son operativas y la finalidad no es preponderantemente su aprovechamiento. La subrogación de bases imponibles se realizará con los límites del artículo 84.2 de la LIS.

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