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V2152-24 9. Oktober 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · vivienda habitual

Keine Steuerbefreiung für den Hauptwohnsitz ohne Nachweis des tatsächlichen Wohnsitzes

Ein über 65-jähriger Steuerpflichtiger erkundigte sich, ob der Verkauf einer 1994 erworbenen Immobilie aufgrund des Status als Hauptwohnsitz steuerbefreit werden könne. Die DGT entschied, dass die Befreiung nicht greift, da die Immobilie zum Zeitpunkt des Verkaufs sowie in den zwei vorangegangenen Jahren nicht den tatsächlichen Hauptwohnsitz darstellte.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada - Si la vivienda objeto de consulta constituye la vivienda habitual del consultante a efectos de la aplicación de la exención señalada en el artículo 33.4.b) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que una vivienda sea habitual debe ser la residencia durante un plazo continuado de al menos tres años. La exención para mayores de 65 años requiere que la vivienda sea habitual en el momento de la transmisión o lo haya sido en los dos años anteriores. En este caso, al haber transcurrido más de dos años desde que el consultante dejó de residir en ella, no se cumplen los requisitos.

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