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V2119-17 14. August 2017 · SG de Fiscalidad Internacional Kriterium gültig
IS · actividad económica

Bareboat-Chartering kann eine wirtschaftliche Tätigkeit darstellen und den Status als Vermögensgesellschaft vermeiden

Die Anfrage befasst sich mit der Frage, ob die Vermietung von Schiffen im Bareboat-Charter als wirtschaftliche Tätigkeit gilt und ob dies verhindert, dass die Gesellschaft als reine Vermögensgesellschaft (entidad patrimonial) eingestuft wird. Die DGT stellt fest, dass diese Tätigkeit bei Vorhandensein der erforderlichen Mittel als wirtschaftliche Tätigkeit gilt und die dadurch erwirtschafteten liquiden Mittel als betriebliches Vermögen (activo afecto) anzusehen sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la actividad consistente en el arrendamiento de buques a casco desnudo puede calificarse como "económica" en los términos establecidos en el artículo 5.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) y, en caso afirmativo, si podría confirmarse que la empresa MFF no tiene condición de entidad patrimonial.

Die Entscheidung der DGT

El arrendamiento a casco desnudo se entiende como actividad económica si se dispone de los medios de producción y recursos humanos necesarios. Para determinar si una sociedad es entidad patrimonial, la tesorería y activos financieros a corto plazo acumulados en el desarrollo ordinario de la actividad económica se consideran elementos afectos. Si la tesorería procedente de dicha actividad representa más de la mitad del activo, la entidad no tendrá consideración de patrimonial.

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