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V2094-20 23. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, sofern sie handelsrechtliche Anforderungen erfüllen und wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob eine Fusion seiner Tochtergesellschaften das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) anwenden kann und ob die Gründe dafür wirtschaftlicher Natur sind. Die DGT stellt klar, dass die handelsrechtlichen Vorschriften sowie Art. 76.1.a) LIS erfüllt sein müssen und die Fusion nicht primär auf Steuerbetrug oder Steuervorteile ausgerichtet sein darf.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse bajo la Ley 3/2009 y cumplir el art. 76.1.a) de la LIS. No se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización. Los motivos expuestos por la consultante podrían considerarse válidos, aunque su valoración es una cuestión de hecho. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si no es la finalidad preponderante y se mantienen las actividades.

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