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V2090-14 31. Juli 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención

Voraussetzungen für die Anwendung der Steuerbefreiung für im Ausland ausgeübte Tätigkeiten (Art. 7 lit. p LIRPF)

Ein in Spanien ansässiger Meeresgeophysiker erkundigt sich, ob er die Steuerbefreiung für Arbeitsentgelt aus im Ausland ausgeübten Tätigkeiten für ein Schweizer Unternehmen in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt klar, dass die Befreiung möglich ist, sofern die gesetzlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die jeweilige Einsatzstation einzeln geprüft wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Aplicación de la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la exención del artículo 7.p) de la LIRPF, el trabajo debe realizarse para una entidad no residente y en un territorio con impuesto análogo que no sea paraíso fiscal. Si el trabajador se desplaza a varios países, se debe verificar el cumplimiento de estos requisitos en cada uno de ellos. La exención se aplica a los rendimientos devengados durante los días de estancia en el extranjero, con un límite de 60.100 euros anuales. El cálculo de los rendimientos diarios se realizará mediante un reparto proporcional según el número total de días del año.

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