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V2088-19 8. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen

Eine Familiengruppe erkundigt sich, ob die Einbringung von Gesellschaftsanteilen in eine neue Holdinggesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligungshöhe und den ununterbrochenen Besitz erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de que la operación proyectada pueda acogerse al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. En el caso de personas físicas, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de una entidad que no sea una agrupación de interés económico ni tenga como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y deben poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior. El régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si la operación carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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