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V2079-19 8. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Voraussetzungen für das Sonderregime für Sacheinlagen: Mindestbeteiligung und wirtschaftliche Gründe

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen ihrer Gesellschaften in eine neue Holdinggesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Beteiligungshöhen und Eigentumsanforderungen erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht, statt lediglich der Erlangung eines Steuervorteils zu dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la operación. En el caso de personas físicas, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo existir motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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