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V2056-19 7. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung von Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen möglich

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen mehrerer Gesellschaften in eine neue in Spanien ansässige Einheit unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Beteiligungshöhen und die ununterbrochene Haltedauer erfüllt sind, vorausgesetzt, die Transaktion erfolgt aus triftigen wirtschaftlichen Gründen und nicht zum Zwecke der Steuerhinterziehung oder Umgehung.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación de canje de valores descrita anteriormente le es de aplicación el régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial del artículo 87 de la LIS, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe participar en sus fondos propios al menos un 5%. En aportaciones de acciones por personas físicas, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, la cual no puede ser una AIE, una UT de empresas, ni tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, y deben poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, según el artículo 89.2 de la LIS, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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