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V2014-19 1. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der LIS-Voraussetzungen möglich

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen einer Gesellschaft in eine Holdinggesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion bei Erfüllung der Beteiligungs- und Besitzvoraussetzungen sowie Vorliegen wirtschaftlich begründeter Gründe unter dieses Regime fallen kann.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas podrían acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios. En el caso de personas físicas, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y no ser la entidad objeto de gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración de actividades.

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