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V1926-17 19. Juli 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · comunidad de propietarios

Mieteinnahmen aus einer Gemeinschaftsterrasse unterliegen dem Steuerabzug

Eine Eigentümergemeinschaft erkundigt sich nach der steuerlichen Behandlung von Einnahmen aus der Vermietung einer Terrasse und der Anwendung von Quellensteuerabzügen. Die DGT stellt klar, dass diese Einkünfte den Miteigentümern als Einkünfte aus Vermietung und Verpachtung zugerechnet werden und der Zahler den entsprechenden Steuerabzug vornehmen muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Determinación de la renta imputable a los copropietarios. Sujeción a retención de los ingresos obtenidos por el arrendamiento.

Die Entscheidung der DGT

Las comunidades de propietarios no son contribuyentes del IRPF, sino que las rentas se atribuyen a sus miembros según el artículo 8.3 de la LIRPF. Estos ingresos tendrán la naturaleza de rendimientos del capital inmobiliario, salvo que se califiquen como actividad económica. Al ser el pagador una entidad obligada a retener, los rendimientos por el arrendamiento de inmuebles urbanos están sujetos a retención, salvo que las rentas anuales no superen los 900 euros.

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