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V1910-18 28. Juni 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · agrupación de interés económico

Abzug für Live-Veranstaltungen bei einer wirtschaftlichen Interessengemeinschaft (AIE) nach Art. 36.3 LIS möglich

Eine wirtschaftliche Interessengemeinschaft (AIE) erkundigt sich, ob die Ausgaben für ein Musikfestival den Abzug der Körperschaftsteuer ermöglichen. Die DGT stellt fest, dass dies unter Einhaltung der gesetzlichen Anforderungen und der korrekten Identifizierung der direkten Kosten möglich ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si los gastos realizados en la producción y exhibición del Festival por la AIE darán lugar a la aplicación de la deducción del artículo 36.3 de la LIS.

Die Entscheidung der DGT

La AIE podrá aplicar la deducción del 20% si cumple los requisitos del artículo 36.3 de la LIS, incluyendo la obtención del certificado del INAEM y la reinversión de beneficios. La base de la deducción incluye costes directos artísticos, técnicos y promocionales, como gastos de personal o de intermediación, pero excluye gastos de estructura, seguros, seguridad o servicios médicos. Los gastos refacturados por un socio pueden incluirse si la AIE soporta los costes. Las bases de las deducciones se imputarán a los socios residentes en España según su participación en los estatutos.

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