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V1840-20 9. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · régimen especial

Anwendung des Sonderregimes der IRNR bei Tätigkeit als Verwalter ohne 25-prozentige Beteiligung oder Verbindung

Ein in den Niederlanden ansässiger Steuerpflichtiger zieht nach Spanien, um dort als Verwalter und Minderheitsgesellschafter eines Unternehmens tätig zu sein. Die DGT prüft, ob die Anwendung des Sonderregimes für die Nichtansässigensteuer (IRNR) zulässig ist.

Die gestellte Frage

Si puede acogerse en 2020 al régimen fiscal especial previsto en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, el desplazamiento debe ser consecuencia de la adquisición de la condición de administrador en una entidad sin participación igual o superior al 25%. Además, no se deben obtener rentas mediante un establecimiento permanente en España. Si los servicios prestados por el socio a la sociedad (distintos de su cargo de administrador) se califican como rendimientos de actividades económicas mediante establecimiento permanente, se incumpliría este requisito.

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