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V1772-20 3. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Einbringung eines ideellen Anteils einer Gesamthandsgemeinschaft als Sacheinlage im Sonderregime möglich

Ein Gesellschafter einer Gesamthandsgemeinschaft erkundigt sich, ob die Einbringung seines ideellen Anteils in eine Gesellschaft unter das Sonderregime für Sacheinlagen fallen kann, selbst wenn die Bücher nicht im Handelsregister hinterlegt wurden. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) erfüllt sind und die fehlende Hinterlegung der Bücher der Verpflichtung zur Buchführung nach dem Handelsgesetzbuch nicht entgegensteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas podrían acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En concreto, si cumplen con los requisitos relativos a la contabilidad, ya que, aunque se realiza la llevanza de esta conforme a lo dispuesto al Código de Comercio, no se produce la legalización y depósito de los libros en el Registro Mercantil.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de la cuota ideal de un comunero se considera una aportación no dineraria especial bajo el artículo 87.1 de la LIS. Para acogerse al régimen, la entidad receptora debe ser residente en España, el aportante debe mantener al menos un 5% del capital y los elementos deben estar afectos a actividades económicas. El requisito de llevar contabilidad según el Código de Comercio se cumple con la mera existencia de una contabilidad ordenada, sin que la falta de legalización de los libros en el Registro Mercantil sea un impedimento. La operación no debe tener como fin principal la ventaja fiscal, sino motivos económicos válidos.

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