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V1760-20 3. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Absorptionsfusion kann unter das Sonderregime fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Es wird geprüft, ob eine Absorptionsfusion zwischen zwei Gesellschaften, die sich im Besitz desselben Unternehmens befinden, das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) in Anspruch nehmen kann und ob die angeführten Gründe zulässig sind. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion unter dieses Regime fallen kann, sofern sie die handelsrechtlichen und steuerlichen Anforderungen erfüllt und nicht primär auf die Erlangung eines Steuervorteils abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen especial si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y cumple el artículo 76.1 de la LIS. Los motivos de simplificación y racionalización podrían ser económicamente válidos, siempre que la finalidad preponderante no sea el aprovechamiento de bases imponibles negativas. La existencia de bases imponibles negativas en la absorbente no invalida el régimen si se mantienen las actividades y no hay un plan de liquidación. La compensación de bases de la absorbida en la absorbente estará sujeta a los límites de los artículos 84 y la DT 16ª de la LIS.

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