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V1636-22 8. Juli 2022 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ITPAJD · junta de compensación

Die Gründung einer Ausgleichskommission unterliegt nicht der Grunderwerbsteuer oder gesellschaftsrechtlichen Operationen, sofern keine Gewinnabsicht vorliegt

Es wurde angefragt, ob die Gründung einer Ausgleichskommission (Junta de Compensación) für ein Stadtentwicklungsgebiet der Grunderwerbsteuer (ITP) und der Steuer auf Urkunden (AJD) unterliegt. Die DGT stellt klar, dass die Gründung weder eine Vermögensübertragung noch eine gesellschaftsrechtliche Operation darstellt, es sei denn, die Kommission verfolgt gewinnorientierte Zwecke; in diesem Fall würde die entsprechende Steuerbefreiung Anwendung finden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tributación de la operación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

Die Entscheidung der DGT

La constitución de una Junta de Compensación de carácter fiduciario no constituye hecho imponible de transmisiones patrimoniales onerosas ni de operaciones societarias. Si la Junta realizase actividades lucrativas, tributaría por operaciones societarias pero gozaría de la exención del artículo 45.I.B)11 del TRLITPAJD. Respecto a los Actos Jurídicos Documentados, la sujeción a la cuota variable dependerá de si la escritura tiene por objeto una cantidad o cosa valuable y si es inscribible en el Registro de la Propiedad.

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