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V1611-16 14. April 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe möglich

Die Anfragende möchte wissen, ob ihre Sacheinlage unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fällt. Die DGT stellt klar, dass die Transaktion unter dieses Regime fallen kann, sofern die Anforderungen an den Wohnsitz und eine Mindestbeteiligung von 5 % erfüllt sind und die Rationalisierung der Geschäftstätigkeit im Vordergrund steht, nicht die bloße Erlangung eines Steuervorteils.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación de aportación no dineraria tal y como ha sido descrita anteriormente, se calificaría objetivamente dentro del régimen especial previsto en el capítulo VII del título VII de la LIS.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso, los motivos de simplificación de costes y gestión administrativa se consideran válidos, siempre que no se altere el juicio por circunstancias no mencionadas.

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