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V1562-20 22. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Wirtschaftliche Gründe für eine Fusion können zulässig sein, sofern sie nicht primär der Steueroptimierung dienen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob die Gründe für eine Verschmelzung durch Aufnahme (Strukturvereinfachung und Verbesserung der Solvenz) wirtschaftlich ausreichend sind, um das Sonderregime für Fusionen anzuwenden. Die DGT stellt klar, dass die Gründe als zulässig gelten können, sofern die Transaktion nicht primär darauf abzielt, steuerliche Verlustvorträge oder Abzüge auszunutzen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los motivos alegados para llevar a cabo la fusión por la que la compañía A absorbería a la sociedad R se pueden considerar económicamente válidos a los efectos de la aplicación del régimen especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, tal y como exige el artículo 89.2 del mencionado texto legal.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse por motivos económicos válidos y no con la mera finalidad de obtener una ventaja fiscal. El hecho de que existan deducciones o bases imponibles negativas pendientes no invalida el régimen, siempre que se continúen las actividades y la finalidad preponderante no sea el aprovechamiento de dichos saldos. La sociedad absorbente se subrogará en el derecho a compensar las bases imponibles negativas con los límites de los artículos 84.2 y la DT 16 de la LIS.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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