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V1539-16 13. April 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, wenn wirtschaftliche Gründe vorliegen

Eine Familienholding fragt an, ob die Fusion einer ihrer Tochtergesellschaften unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen kann und ob die angeführten Gründe zulässig sind. Die DGT stellt klar, dass die Transaktion unter das Sonderregime fallen kann, sofern sie im geschäftlichen Bereich erfolgt und die Gründe wirtschaftlicher Natur sind und nicht rein steuerliche Vorteile verfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación planteada puede acogerse al régimen especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos expuestos tienen la consideración de económicamente válidos a estos efectos.

Die Entscheidung der DGT

La fusión puede acogerse al régimen especial de la LIS si se realiza en el ámbito mercantil y los motivos son económicos válidos, como la simplificación estructural o el relevo generacional. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si la fusión no tiene como fin principal su compensación. Las bases imponibles de la absorbida pueden compensarse en la absorbente según los límites de los artículos 84 y DT 16ª de la LIS. En cuanto al IVA, la transmisión de la explotación agrícola es una operación no sujeta por ser una unidad económica autónoma, mientras que el negocio de arrendamiento será no sujeto solo si constituye una unidad económica autónoma; de lo contrario, estará sujeto y, en su caso, exento.

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