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V1539-16 13 avril 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

La fusion d'une société peut bénéficier du régime spécial si des motifs économiques valables sont justifiés

Une société holding familiale s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de l'impôt sur les sociétés lors de la fusion de l'une de ses filiales et sur la validité des motifs invoqués. La DGT répond que l'opération peut bénéficier de ce régime si elle s'inscrit dans un cadre commercial et que les motifs sont d'ordre économique et non purement fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la operación planteada puede acogerse al régimen especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos expuestos tienen la consideración de económicamente válidos a estos efectos.

La position de la DGT

La fusión puede acogerse al régimen especial de la LIS si se realiza en el ámbito mercantil y los motivos son económicos válidos, como la simplificación estructural o el relevo generacional. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si la fusión no tiene como fin principal su compensación. Las bases imponibles de la absorbida pueden compensarse en la absorbente según los límites de los artículos 84 y DT 16ª de la LIS. En cuanto al IVA, la transmisión de la explotación agrícola es una operación no sujeta por ser una unidad económica autónoma, mientras que el negocio de arrendamiento será no sujeto solo si constituye una unidad económica autónoma; de lo contrario, estará sujeto y, en su caso, exento.

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