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V1402-15 5. Mai 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos de actividades económicas

Vergütungen eines Gesellschafters für professionelle Dienstleistungen an seine Gesellschaft können Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit sein

Es wird geprüft, ob die von einem Gesellschafter für seine Gesellschaft erbrachten Dienstleistungen nach der Reform des Artikels 27.1 LIRPF als Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit zu besteuern sind. Die DGT stellt fest, dass es sich um Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit handelt, sofern sowohl die Gesellschaft als auch der Gesellschafter Tätigkeiten aus dem zweiten Abschnitt des IAE ausüben und der Gesellschafter im Regime der Selbstständigen registriert ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se consulta sobre la tributación por los servicios prestados por el consultante a la sociedad, teniendo en cuenta la nueva redacción dada al artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley 26/2014, y si resulta inaplicable dicho artículo al caso consultado, habida cuenta de que la sociedad está matriculada en la sección primera, y no en la segunda, de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que los servicios de un socio a su sociedad sean rendimientos de actividades económicas, la actividad debe estar en la Sección Segunda de las Tarifas del IAE tanto en la sociedad como en el socio. Además, el socio debe estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o en una mutualidad alternativa. Si no se cumplen estos requisitos, las retribuciones tendrán la naturaleza de rendimientos del trabajo.

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