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V1341-23 22. Mai 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · derechos de imagen

Übertragung von Bildrechten eines Sportlers als Einkünfte aus beweglichem Kapital steuerpflichtig

Ein Fußballspieler erkundigt sich nach der steuerlichen Behandlung der Übertragung seiner Bildrechte an eine Gesellschaft, der Einbringung dieser Forderungsrechte in ein anderes Unternehmen sowie der unentgeltlichen Übertragung an eine Stiftung. Die DGT stellt klar, dass es sich bei diesen Einkünften um Einkünfte aus beweglichem Kapital und nicht um Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit handelt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada En relación con el IRPF, se consulta la tributación que correspondería a la contraprestación pactada con la sociedad A por la cesión del derecho de explotación de sus derechos de imagen y la posible aplicación de las reducciones previstas en los artículo 18 o 26 de la Ley del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y tributación en dicho Impuesto de la aportación no dineraria a la sociedad B de los derechos de cobro correspondientes a la referida cesión antes de su exigibilidad, así como tributación de la aportación a la fundación.

Die Entscheidung der DGT

La cesión de derechos de imagen ajena a la actividad económica o laboral tributa como rendimientos del capital mobiliario (art. 25.4 LIRPF). La cesión gratuita a una fundación puede estar exenta si esta cumple los requisitos de la Ley 49/2002. La transmisión de derechos de cobro futuros genera una ganancia o pérdida patrimonial en el momento de su exigibilidad. La aportación no dineraria de créditos a una sociedad se determina por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado o nominal de las participaciones recibidas.

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