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V1289-15 28. April 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Vergütungen von Geschäftsführern sind Einkünfte aus nichtselbstständiger Arbeit; professionelle Dienstleistungen können wirtschaftliche Tätigkeit sein

Es wird geklärt, wie die Einkünfte von Gesellschaftern einer Berufsausübunggesellschaft aus ihren Dienstleistungen und ihrer Funktion als Geschäftsführer steuerlich zu behandeln sind. Die DGT stellt klar, dass Geschäftsführergehälter als Einkünfte aus nichtselbstständiger Arbeit gelten, während professionelle Dienstleistungen als Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit eingestuft werden können, sofern spezifische Voraussetzungen erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución correspondiente a los servicios prestados por los socios referidos a la sociedad, teniendo en cuenta la nueva redacción dada al artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley 26/2014.

Die Entscheidung der DGT

Las retribuciones por el cargo de administrador son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.e) de la LIRPF. Los servicios profesionales prestados por el socio a la sociedad pueden ser rendimientos de actividades económicas si la actividad de la entidad está en la Sección Segunda del IAE y el socio está dado de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad. Si no se cumple el alta en dicho régimen, los servicios se consideran rendimientos del trabajo.

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