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V1244-24 30. Mai 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · mecenazgo

Spenden von Angehörigen von Seminaristen können IRPF-Abzüge ermöglichen, sofern die Einrichtung begünstigt ist

Eine religiöse Einrichtung erkundigte sich, ob Spenden von Angehörigen ihrer Seminaristen die Anwendung der Steuerabzüge gemäß Gesetz 49/2002 ermöglichen. Die DGT stellt fest, dass die Einrichtung als begünstigte Organisation gilt und die Spenden abzugsfähig sein können, sofern sie unwiderruflich sowie rein und einfach sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si se podrían acoger a las deducciones establecidas en el capítulo II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo por las donaciones voluntarias que realizan los familiares de los seminaristas.

Die Entscheidung der DGT

La entidad consultante es beneficiaria del mecenazgo al estar incluida en el Acuerdo sobre Asuntos Económicos entre el Estado y la Santa Sede. Por tanto, se le aplica el régimen fiscal de la Ley 49/2002. Los donativos realizados por los familiares podrán dar derecho a la deducción en el IRPF siempre que sean irrevocables, puros y simples, y cumplan los requisitos de la normativa vigente.

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