Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V1193-26 21. Mai 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por obras

Möglichkeit der Anwendung des 60 %-Abzugs für energetische Sanierungsmaßnahmen in Wohngebäuden

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er den Steuerabzug für die Installation von Photovoltaikanlagen in seinem Einfamilienhaus geltend machen kann. Die DGT stellt fest, dass der Abzug gemäß Abschnitt 3 der zusätzlichen Bestimmung 50 der LIRPF anwendbar ist, sofern die Voraussetzungen zur Verbesserung der Energieeffizienz erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada - Posibilidad de aplicarse la deducción por obras de rehabilitación energética prevista en el apartado 3 de la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Los propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética hasta el 31 de diciembre de 2027. Para ello, debe acreditarse mediante certificado de eficiencia energética una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o la mejora de la calificación a clase 'A' o 'B'. La base máxima anual es de 5.000 euros, con un límite acumulado de 15.000 euros. Cada copropietario podrá deducir la parte proporcional a su titularidad según las cantidades que haya satisfecho.

E-Mail
Kontakt