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V1150-21 29. April 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · rama de actividad

Voraussetzungen für die Anwendung des Sonderregimes für die Einbringung eines Betriebszweigs

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung seines Immobilieneinkommensbetriebs in eine Gesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt klar, dass für die Qualifizierung als Betriebszweig eine eigenständige wirtschaftliche Einheit vorliegen muss und im Falle von ehelichem Gemeinschaftseigentum die Einbringung als besondere Sacheinlage behandelt wird.

Die gestellte Frage

1.- Si a la aportación de rama de actividad del negocio de arrendamiento planteada le resultaría de aplicación el Régimen Fiscal especial descrito en el Título VII, Capítulo VII, de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de la rama de actividad (art. 87.2 LIS), el patrimonio debe constituir una unidad económica capaz de funcionar por sus propios medios. Si los bienes son gananciales, la aportación de cada cónyuge se considera aportación no dineraria especial (art. 87.1 LIS). La actividad de arrendamiento es económica si se emplea al menos una persona con contrato laboral a jornada completa. La contabilidad debe llevarse según el Código de Comercio desde al menos el ejercicio anterior. Los inmuebles deben haber estado afectos a la actividad al menos tres años.

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