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V1108-19 21. Mai 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · régimen especial de tributación

Das Sonderregime nach Art. 93 LIRPF setzt eine Versetzung aufgrund eines Arbeitsvertrags voraus

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob ein Praktikant in Spanien das Sonderregime für entsandte Arbeitnehmer in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern ein Kausalzusammenhang zwischen dem Vertrag und der Versetzung besteht und die Person in den vorangegangenen zehn Jahren nicht in Spanien steueransässig war.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si en el caso expuesto, de desplazamiento a España por el inicio de una relación laboral de carácter indefinido con la consultante, resultará de aplicación el régimen fiscal especial regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial del artículo 93 de la LIRPF, el desplazamiento debe ser consecuencia de un contrato de trabajo y el contribuyente no debe haber sido residente en España en los diez períodos impositivos anteriores. En este caso, se cumpliría el requisito de causalidad si el inicio de la relación laboral motiva el desplazamiento. No obstante, si la persona ya es residente fiscal en España por permanecer más de 183 días en el año natural, no podrá optar por este régimen.

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