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V1108-19 21 mai 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · régimen especial de tributación

Le régime spécial de l'article 93 de la LIRPF exige que le déplacement en Espagne résulte d'un contrat de travail

Une entreprise s'interroge sur la possibilité pour un stagiaire effectuant son stage en Espagne de bénéficier du régime spécial d'imposition des expatriés. La DGT précise que cela est possible s'il existe un lien de causalité entre le contrat et le déplacement, à condition de ne pas avoir été résident fiscal en Espagne au cours des dix années précédentes.

La question posée

Cuestión planteada Si en el caso expuesto, de desplazamiento a España por el inicio de una relación laboral de carácter indefinido con la consultante, resultará de aplicación el régimen fiscal especial regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial del artículo 93 de la LIRPF, el desplazamiento debe ser consecuencia de un contrato de trabajo y el contribuyente no debe haber sido residente en España en los diez períodos impositivos anteriores. En este caso, se cumpliría el requisito de causalidad si el inicio de la relación laboral motiva el desplazamiento. No obstante, si la persona ya es residente fiscal en España por permanecer más de 183 días en el año natural, no podrá optar por este régimen.

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