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V1097-16 18. März 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der LIS-Voraussetzungen möglich

Ein in Spanien ansässiger Steuerpflichtiger unter dem Beckham-Gesetz fragt nach der Anwendbarkeit des Sonderregimes für Sacheinlagen. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung, den Besitz und das Fehlen rein steuerlicher Motive erfüllt werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación descrita se puede aplicar el régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. En aportaciones de acciones, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios, pertenecer a una entidad que no sea una AIE, UTÉ o de gestión de patrimonio, y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Tras la aportación, el aportante debe mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora. Además, la operación debe tener motivos económicos válidos y no tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal.

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