Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V1060-16 16. März 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, sofern LIS-Anforderungen und wirtschaftliche Gründe erfüllt sind

Die Anfragende möchte wissen, ob ihre Umstrukturierung unter das Sonderregime für Fusionen fallen kann. Die DGT stellt klar, dass die Anwendung möglich ist, wenn die Operation den Vorschriften des Gesetzes über Strukturänderungen sowie den Anforderungen des LIS entspricht und nicht primär der Steuervermeidung oder dem Erlangung unrechtmäßiger Steuervorteile dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita se podría acoger al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 7 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Si la operación se realiza en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumple el artículo 76.1 de la LIS, podría acogerse al régimen especial. Los socios residentes en España no integrarían en su base imponible las rentas por la atribución de valores, valorándose estos por el valor fiscal de los entregados. Para aplicar este régimen, la operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como objetivo principal el fraude o la ventaja fiscal según el artículo 89.2 de la LIS. Los motivos de centralización y racionalización descritos podrían considerarse válidos.

E-Mail
Kontakt