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V1031-20 24. April 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · guarda y custodia compartida

Gemeinsames Sorgerecht: Kein Anspruch auf Alimente-Sonderregelungen und optionale Zusammenveranlagung

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er bei gemeinsamem Sorgerecht für seine Töchter die Steuererklärung gemeinsam mit ihnen abgeben oder die Sonderregelungen für Unterhaltszahlungen anwenden kann. Die DGT stellt klar, dass die Sonderregelungen für Alimente nicht anwendbar sind und die Option zur Zusammenveranlagung von jedem Elternteil ausgeübt werden kann.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada - Si sus hijas forman parte de su unidad familiar, y, por tanto, si puede presentar declaración de IRPF de forma conjunta con ellas, o bien si puede aplicar las especialidades previstas en los artículos 64 y 75 de la LIRPF.

Die Entscheidung der DGT

Al existir guarda y custodia compartida, el progenitor que la ostente puede aplicarse el mínimo por descendientes por convivencia, pero no las especialidades por anualidades por alimentos de los artículos 64 y 75 de la LIRPF. Respecto a la tributación conjunta, cualquiera de los dos progenitores puede optar por ella, pero el otro deberá declarar de forma individual para no formar parte de dos unidades familiares. En caso de tributación conjunta, el mínimo por descendiente se prorrateará por partes iguales entre los progenitores, salvo que el descendiente tenga rentas superiores a 1.800 euros, en cuyo caso el mínimo lo disfrutará exclusivamente el progenitor con quien tributa.

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