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V1024-14 10. April 2014 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ITPAJD · transmisiones patrimoniales oneras

Übertragung eines gebrauchten Helikopters durch die DGT als Sachleistung unterliegt der ITPAJD

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob die Übertragung eines gebrauchten Helikopters durch die DGT als Sachleistung von der ITPAJD befreit sei, da es sich um ein für den Wiederverkauf bestimmtes Gebrauchtfahrzeug handele. Die DGT stellt klar, dass der Vorgang steuerpflichtig ist und die Befreiung für Straßenverkehrsfahrzeuge keine Anwendung findet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada A qué tributos estaría sujeta la operación de entrega del helicóptero usado por parte de la DGT como pago en especie, habida cuenta de que se ha utilizado siempre en el ejercicio de las funciones públicas que le son propias a la DGT y de que el objeto social de la consultante es la compraventa de helicópteros, entre otras actividades. En concreto, se consulta si, en el caso de estar sujeta la operación al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, si sería aplicable la exención regulada en el artículo 45.I.B) texto refundido de la Ley del ITPAJD, que declara exentas "las transmisiones de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera cuando el adquirente sea un empresario dedicado habitualmente a la compraventa de los mismos y los adquiera para su reventa". En caso negativo, si existiera algún otro supuesto de exención.

Die Entscheidung der DGT

La transmisión de un helicóptero usado está sujeta a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del ITPAJD, al no ser una operación realizada por empresarios en su actividad ni estar sujeta al IVA. No es aplicable la exención de vehículos usados con motor mecánico para circular por carretera, ya que los helicópteros tienen función de navegación aérea y no de circulación por carretera.

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