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V0991-21 20. April 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IVA · renting

Vorsteuerabzug bei Leasingfahrzeugen: 50 %-Vermutung und Anforderungen an die betriebliche Nutzung

Ein Anwalt erkundigt sich nach der Abzugsfähigkeit der Umsatzsteuer und der Einkommensteuer (IRPF) für ein im Leasing erworbenes Fahrzeug zur Berufsausübung. Die DGT stellt klar, dass die Umsatzsteuer bei Personenkraftwagen mit 50 % vermutet wird, während für die Einkommensteuer eine ausschließliche betriebliche Nutzung erforderlich ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1ª Deducibilidad en el IVA de las cuotas soportadas por la adquisición y gastos ocasionados por el vehículo.

Die Entscheidung der DGT

En el IVA, los vehículos de turismo tienen una presunción de afectación del 50% a la actividad, pudiendo acreditarse un grado distinto. Los gastos relacionados (combustible, reparaciones) son deducibles si se demuestra su relación con la actividad. En el IRPF, para deducir gastos de renting y mantenimiento, el vehículo debe estar afecto exclusivamente a la actividad económica. Si el contrato de renting cumple los requisitos del Impuesto sobre Sociedades, se deducirá la carga financiera y la parte de la cuota correspondiente a la recuperación del coste con los límites legales.

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