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V0980-26 5. Mai 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · trabajador activo

Erhöhung der abzugsfähigen Ausgaben bei Behinderung setzt Erwerbstätigkeit voraus

Ein Steuerpflichtiger mit einer Behinderung von 33 % erkundigte sich, ob der Status einer der Anmeldung gleichgestellten Person aufgrund nicht genommener Urlaubsansprüche ausreicht, um als Erwerbstätiger für einen höheren Abzug zu gelten. Die DGT entschied, dass dies nicht der Fall ist, da der Erhalt von Urlaubsvergütungen nach Beendigung des Arbeitsverhältnisses keine tatsächliche Erbringung von Dienstleistungen darstellt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la situación de asimilada al alta con cotización a la Seguridad Social, por el periodo de vacaciones retribuidas y no disfrutadas, que consta en su vida laboral, tras el cese en la prestación de servicios, le habilita para ser considerado "trabajador activo", a los efectos del incremento de gasto deducible por tener la consideración de trabajador activo con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.2.f) de la LIRPF.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el incremento de gasto deducible por discapacidad, deben concurrir simultáneamente ser trabajador activo y tener el grado de discapacidad exigido. El concepto de trabajador activo requiere la prestación efectiva de servicios retribuidos por cuenta ajena dentro de la organización de un empleador. Estar en situación asimilada al alta por vacaciones no disfrutadas tras la extinción del contrato no convierte al contribuyente en trabajador activo.

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