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V0975-25 9. Juni 2025 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Bereitstellung von Mietfahrzeugen unterliegt der Gruppe 756 der IAE

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob seine Tätigkeit des Fahrzeugtransports für Kunden der Gruppe 722 (Güterkraftverkehr) unterliegt. Die DGT stellt klar, dass aufgrund der bloßen Bereitstellung der Fahrzeuge und nicht des Eigenverkehrs die Besteuerung in der Gruppe 756 (Hilfsdienstleistungen für das Verkehrswesen) erfolgen muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se plantea si por dicha actividad está correctamente matriculada en el citado grupo 722, "Transporte de mercancías por carretera", y en su caso, como se computan los servicios prestados a efectos del impuesto.

Die Entscheidung der DGT

La sociedad no debe estar matriculada en el grupo 722 porque no ejerce directamente el transporte de mercancías por carretera. Al dedicarse únicamente a la puesta a disposición de vehículos de empresas de alquiler, su actividad corresponde al grupo 756 de la sección primera de las Tarifas. Este grupo incluye actividades auxiliares y complementarias del transporte, como las de intermediarios.

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