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V0966-26 29. April 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rehabilitación energética

Abzug von 60 % für energetische Sanierungsmaßnahmen in Wohngebäuden anwendbar

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob der Abzug für energetische Sanierungsmaßnahmen an seinem Reihenmittelhaus geltend gemacht werden kann. Die DGT bestätigt, dass der Abzug gemäß Abschnitt 3 der zusätzlichen Bestimmung 50 der LIRPF anwendbar ist, sofern die Anforderungen zur Verbesserung der Energieeffizienz des Gebäudes erfüllt werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada El consultante tiene la intención de realizar obras de rehabilitación energética en su vivienda unifamiliar adosada y desea saber si puede aplicarse la deducción por obras de rehabilitación energética en viviendas prevista en el apartado 3 de la disposición adicional 50ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Los propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética hasta el 31 de diciembre de 2027. Para ello, debe acreditarse mediante certificado de eficiencia energética una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% o la obtención de una calificación energética 'A' o 'B'. En el caso de una vivienda unifamiliar, el certificado debe acreditar la mejora de la eficiencia del propio edificio.

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