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V0951-14 3. April 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Kriterium gültig
IRPF · residencia fiscal

EU-Beamte mit Wohnsitz in einem anderen Mitgliedstaat behalten ihren steuerlichen Wohnsitz in Spanien

Ein Beamter der Europäischen Kommission mit Wohnsitz in Italien, aber steuerlichem Wohnsitz in Spanien, erkundigt sich nach seinen steuerlichen Pflichten. Die DGT stellt klar, dass er aufgrund seines Status als EU-Beamter seinen steuerlichen Wohnsitz in Spanien behält und sein Welteinkommen in Spanien versteuern muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se plantea si debe pagar impuestos por los inmuebles y cuentas corrientes que posee en España y en Italia y, en particular, en el supuesto de que obtuviera rentas por el alquiler de los inmuebles.

Die Entscheidung der DGT

Los funcionarios de la UE que establezcan su residencia en otro Estado miembro únicamente por sus funciones conservan su residencia fiscal en el Estado de su domicilio original. Por tanto, tributan en España por la totalidad de sus rendimientos mundiales. Los intereses de cuentas en el extranjero se integran en la base del ahorro y las rentas inmobiliarias (imputación o alquileres) en la base general. Se permite la deducción por doble imposición internacional según el Convenio con Italia.

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