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V0951-14 3 avril 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Les fonctionnaires de l'UE résidant dans un autre État membre pour leurs fonctions conservent leur résidence fiscale en Espagne

Un fonctionnaire de la Commission européenne résidant en Italie mais ayant son domicile fiscal en Espagne s'interroge sur ses obligations fiscales. La DGT précise qu'en raison de son statut de fonctionnaire de l'UE, il conserve sa résidence fiscale en Espagne et doit être imposé sur l'ensemble de ses revenus mondiaux.

La question posée

Cuestión planteada Se plantea si debe pagar impuestos por los inmuebles y cuentas corrientes que posee en España y en Italia y, en particular, en el supuesto de que obtuviera rentas por el alquiler de los inmuebles.

La position de la DGT

Los funcionarios de la UE que establezcan su residencia en otro Estado miembro únicamente por sus funciones conservan su residencia fiscal en el Estado de su domicilio original. Por tanto, tributan en España por la totalidad de sus rendimientos mundiales. Los intereses de cuentas en el extranjero se integran en la base del ahorro y las rentas inmobiliarias (imputación o alquileres) en la base general. Se permite la deducción por doble imposición internacional según el Convenio con Italia.

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