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V0931-21 15. April 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Teilspaltung berechtigt nicht zum Sonderregime, wenn das abgesonderte Vermögen keine Geschäftszweig darstellt

Ein Unternehmen, das Ersatzteile vertreibt und eine Immobilienprojektentwicklung anstrebt, prüft die Möglichkeit einer Teil- oder Gesamtspaltung unter dem Sonderregime der Körperschaftsteuer. Die DGT stellt fest, dass eine Teilspaltung nicht qualifiziert, wenn die neue Geschäftstätigkeit vor der Transaktion nicht über eigene materielle und personelle Ressourcen verfügt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para la escisión parcial, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad, es decir, una unidad económica autónoma con organización de medios materiales y personales diferenciados con anterioridad a la operación. Si la actividad no se ha desarrollado efectivamente con dicha estructura, no se puede aplicar el régimen especial. En la escisión total, si los socios reciben participaciones de forma proporcional, no es requisito que los patrimonios sean ramas de actividad. Los motivos económicos alegados para la reestructuración podrían ser válidos, aunque su calificación depende de los hechos.

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