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V0902-26 23. April 2026 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Kriterium gültig
IRPF · planes de pensiones

Befreiung bei der Auszahlung von Rentenplänen für Menschen mit Behinderungen setzt Sonderfinanzierungsregime voraus

Ein Anfragender erkundigt sich, ob er nach Erhalt eines Behindertenstatus von 33 % Beiträge zum Sonderregime für Rentenpläne leisten und die Befreiung bei der Auszahlung in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt klar, dass die Anwendung des steuerlichen Sonderregimes davon abhängt, dass zuvor das Sonderfinanzierungsregime erfüllt wurde und die Wahl des Regimes vor den Beitragszahlungen erfolgen muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de realizar aportaciones al plan de pensiones bajo el régimen de aportaciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad y posibilidad de aplicar la exención del artículo 7.w) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el momento del rescate.

Die Entscheidung der DGT

La aplicación del régimen fiscal especial para personas con discapacidad está condicionada al cumplimiento previo del régimen financiero especial. La opción por este régimen debe ser previa a la realización de las aportaciones. Si las aportaciones se realizan bajo el régimen general, no se puede aplicar el régimen especial ni el límite incrementado del artículo 53 de la LIRPF. Tampoco se podrá aplicar la exención del artículo 7.w) de la LIRPF a prestaciones derivadas de aportaciones hechas bajo el régimen general.

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