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V0868-23 12. April 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deducción por espectáculos

Nur der Steuerpflichtige, der das Produktionsrisiko trägt, kann den Steuerabzug für Aufführungen beanspruchen

Die Anfrage klärt, ob sowohl Produzenten als auch Verleiher den Steuerabzug für Live-Aufführungen geltend machen können. Die DGT stellt fest, dass der Abzug demjenigen zusteht, der das wirtschaftliche Risiko der Produktion trägt, unabhängig davon, ob dieser gleichzeitig als Verleiher tätig ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si el término "producción y exhibición" de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales utilizado por el art. 36.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, transmutado a "producción o exhibición/productor o exhibidor" en la Orden desarrollada para la obtención del certificado necesario a la deducción, hace alusión únicamente al contribuyente productor de las obras, siendo solo éste quien puede generar la deducción y permitiéndosele incluir en la base de la misma los gastos admitidos de exhibición en la parte en que puedan correr de su cuenta, o bien hace alusión a dos posibles contribuyentes que, con distinta actividad (producción - exhibición), tendrían derecho a generar la deducción, cada uno por los gastos admitidos en que hubiera incurrido por su respectiva actividad de producción y/o exhibición.

Die Entscheidung der DGT

El contribuyente que puede generar la deducción del artículo 36.3 de la LIS es quien asume el riesgo y ventura de la producción del espectáculo en vivo. Si un contribuyente solo desarrolla la exhibición sin ser productor, no puede generar la deducción. En consecuencia, un financiador de exhibiciones no podrá aplicar la deducción si la entidad que exhibe no tiene la condición de productora.

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