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V0853-20 14. April 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, wenn gültige wirtschaftliche Gründe vorliegen und nicht nur steuerliche Vorteile

Eine Versicherungsgesellschaft erkundigt sich, ob eine Verschmelzung durch Übernahme einer Tochtergesellschaft das Sonderregime für Umstrukturierungen in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht und nicht primär auf Steuerbetrug oder steuerliche Vorteile abzielt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si, atendiendo a los motivos económicos descritos, la operación descrita puede acogerse al régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, previsto en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen especial si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y cumple el artículo 76.1.c) de la LIS. Los motivos económicos alegados podrían ser válidos, aunque esto depende de los hechos. La existencia de bases imponibles negativas no impide el régimen, siempre que se mantengan las actividades y no sea el fin preponderante. La sociedad absorbente se subroga en las bases imponibles negativas con los límites de los artículos 84.2 y la DT 16ª de la LIS.

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