Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0789-22 11. April 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · actividad económica

Abzugsfähigkeit von Ausgaben setzt eine wirtschaftliche Tätigkeit und deren Zusammenhang mit Einkünften voraus

Ein pensionierter Arzt erkundigt sich, ob er Ausgaben für seine wissenschaftliche Tätigkeit (Mitgliedsbeiträge, Kongresse, Material) in der Einkommensteuer (IRPF) absetzen kann. Die DGT stellt klar, dass für den Abzug von Ausgaben zunächst eine wirtschaftliche Tätigkeit vorliegen muss und diese mit der Erzielung von Einkünften verknüpft sein muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Como "sigue atendiendo los gastos propios de su desempeño profesional no asistencial tales como, principalmente, las cuotas de los Colegios Profesionales de Médicos y de Odontoestomatólogos respectivamente, los gastos derivados de la compra de material necesario para el desarrollo, continuidad y mantenimiento de lo anteriormente señalado de índole científico, que no clínico o asistencial, como página web y galería científicas, la asistencia a congresos, y los gastos de estructura de un consultorio compartido con otros médicos, en donde se progresa, mejora, refuerza, promueve, impulsa, y desarrolla la labor científica e investigadora", pregunta sobre la deducibilidad de estos gastos en el IRPF.

Die Entscheidung der DGT

Para que un gasto sea deducible, debe existir el ejercicio de una actividad económica, lo que requiere la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos. Si se cumple este requisito, los gastos deben estar correlacionados con la obtención de ingresos, estar justificados mediante factura o documento sustitutivo y cumplir con la correcta imputación temporal y registro contable.

E-Mail
Kontakt